Los datos y los hechos refutarían el afán recaudatorio de la medida

El Gobierno de Cazalegas, noqueado por el radar móvil de la N-V

El Gobierno de Cazalegas, noqueado por el radar móvil de la N-V
El PP de Francisco Blanco posaba así tras ganar las elecciones municipales en mayo de 2019 (Foto: LaVozDelTajo).
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El Gobierno de Cazalegas se encuentra noqueado tras ser noticia nacional durante toda la semana a causa de un radar móvil colocado en la antigua N-V, entrada natural a Talavera de la Reina desde la zona este.

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El vídeo grabado por un vecino de San Román de los Montes ha logrado que la indignación de la ciudadanía sea generalizada y puesto en el candelero la contratación de empresas especializadas en seguridad vial para, de paso, engordar las arcas de las entidades locales.

En el caso del Ayuntamiento de Cazalegas el afán recaudatorio parece que cobra fuerza a tenor de los datos y hechos recabados por este digital en los últimos días.

Presupuestados 115.000 euros de ingresos en multas

Baste decir que el proyecto de presupuesto municipal para el ejercicio 2022 en el Capítulo 3 de Tasas, Precios Públicos y Otros Ingresos contempla un ingreso de 115.000 euros en el concepto de “multas por infracciones de la ordenanza de circulación”.  Una partida sólo superada por la tasa de basura.

Haciendo un paralelismo con el ayuntamiento cabecera de comarca, el de Talavera de la Reina, Cazalegas presupuesta una cifra similar en multas a la que va a ingresar por el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (137.500€), mientras que el consistorio de la Ciudad de la Cerámica es aproximadamente algo inferior a un tercio de ese monto ya que en ese mismo ejercicio 2022 las cifras eran de 4.600.000 por el IVTM y 1.450.000 por multas.

Cabe apuntar que Cazalegas tiene 2.000 habitantes y Talavera unos 84.000, en números redondos.

Al menos dos empresas externas han realizado controles de velocidad

Ayuntamiento de Cazalegas.
Ayuntamiento de Cazalegas.

En la investigación -compleja dado el nivel de transparencia que hemos encontrado en el Ayuntamiento de Cazalegas- AhoraCLM ha tenido conocimiento de que al menos dos empresas han prestado servicios de asistencia técnica y colaboración para la gestión, notificación, recaudación voluntaria y ejecutiva de las multas de tráfico.

Esta definición la recoge expresamente el Acuerdo Marco de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) al que el alcalde de Cazalegas, el popular Francisco Blanco, ha aludido en el segundo de los dos comunicados hechos públicos durante la semana.

Una de esas empresas es Kronnos Asesoramiento Seguridad Vial SL, radicada en Alcobendas (Madrid), que prestó servicio al Ayuntamiento de Cazalegas desde que se formalizó el contrato menor entre las partes el 6 de mayo de 2020 y, al menos, hasta el mes de noviembre de 2021.

La otra, Eboga Sistemas de Seguridad Vial, con domicilio social en Las Rozas (Madrid), que también ha prestado servicios coincidiendo con la anteriormente mencionada durante el año 2021.

Cabe explicar que la contratación de estas dos empresas se ha realizado bajo la figura de ‘contrato menor’, es decir, que no tiene que pasar por procedimiento de licitación pública, en román paladino, que los contratos se pueden otorgar a dedo con un mero informe de necesidad que siempre obtiene la luz verde en cualquier ayuntamiento.

En ambos casos implica que, al ser un contrato menor de suministro, o como es el caso de servicios, es inferior a 15.000 euros sin IVA.

En el portal de transparencia del Ayuntamiento de Cazalegas esos contratos, ni ningún otro, están a disposición de la ciudadanía a un golpe de clic.

Porcentaje por boletín o multa cobrada

Sin embargo, estas empresas no trabajan con esa pírrica remuneración del contrato (cuya duración no hemos podido saber), sino que cobran un tanto por ciento de cada boletín de denuncia y de cada multa cobrada.

Según los datos a los que hemos tenido acceso, ambas empresas se embolsan el 50 por ciento de cada multa por exceso de velocidad cobrada (ya sea bonificada por pronto pago, como con el importe íntegro o con recargo) y el 25 por ciento por cada boletín de denuncia en curso.

Así, y por ejemplo, el Ayuntamiento de Cazalegas ha tenido que abonar algún mes el procentaje de más de 200 multas por exceso de velocidad captados a través de radares móviles, lo que supondría un importe por encima de los 8.000 euros.

Legal o ilegal

Debe quedar claro que tanto el Ayuntamiento de Cazalegas como Kronnos y Eboga han o están actuando bajo la legalidad vigente.

Como se ha mencionado, el Acuerdo Marco de la FEMP avala a las entidades locales o ayuntamientos para que puedan externalizar servicios con este tipo de empresas en aras de la seguridad vial.

Cada vez son más municipios los que suscriben sus servicios, principalmente para el refuerzo de medidas que se centran en la colocación de cámaras para detectar rebasamientos de los semáforos en color rojo, el uso del móvil al volante y no llevar puesto el cinturón de seguridad.

En el caso de Cazalegas, por todo lo dicho, ante la colocación de controles de velocidad con un radar móvil por parte de una -o más- empresa externa al Ayuntamiento y en la carretera con más tráfico de su término municipal alejada del casco urbano, sólo cabe pensar que el afán recaudatorio es el objetivo último.

Y más si tenemos en cuenta que la recaudación por sanciones está asegurada en ese tramo de vía de algo más de un kilómetro, con tres límites de velocidad en tan corta distancia y con un flujo de tránsito de 17.000 vehículos al día (recordamos que Cazalegas tiene unos 2.000 habitantes)

Empero, a raíz de la polémica, su viralización y los datos que se van conociendo, se avecina una avalancha de alegaciones y reclamaciones, como el mismo primer munícipe de Cazalegas menciona en su segundo comunicado.

En este aspecto cabe aclarar que no sólo los agentes de la autoridad (policías locales, autonómicas y Guardia Civil) tienen la potestad en exclusiva para denunciar a un infractor ya que existe la figura regulada de la “denuncia voluntaria”.

Por la misma, cualquier ciudadano puede realizar una denuncia por una infracción de tráfico que pueda haber presenciado.

El artículo 87.2 de la Ley de Seguridad Vial se establece lo siguiente, que se aplica a las denuncias en general:

“En las denuncias por hechos de circulación deberá constar, en todo caso:

  1. a) La identificación del vehículo con el que se haya cometido la presunta infracción.
  2. b) La identidad del denunciado, si se conoce.
  3. c) Una descripción sucinta del hecho, con expresión del lugar o tramo, fecha y hora.
  4. d) El nombre, apellidos y domicilio del denunciante o, si es un agente de la autoridad, su número de identificación profesional.”

La presunción de veracidad que tienen los agentes de la autoridad no la tiene un ciudadano ni un trabajador (particulares en ambos casos) de una empresa especializada, como es el caso que nos ocupa.

Por lo que para que una denuncia realizada por un particular pueda considerarse que desvirtúa el derecho a la presunción de inocencia del denunciado, ha de incorporar una “prueba clara y contundente”, esto quiere decir, una prueba que demuestre sin ningún género de dudas que la infracción fue cometida por el denunciado.

Este matiz y el apartado 4. d), donde debe venir el nombre del denunciante, van a representar la base legal de buena parte de esa avalancha de reclamaciones, dando por hecho que el medio de captación de la imagen (el cinemómetro) es legal y está debidamente homologado por el Instituto Nacional de Metrología.

Y en el caso que se haya abonado ya la multa, se puede presentar un escrito en el Ayuntamiento de Cazalegas reclamando la cantidad abonada si es que en la notificación se aprecia que alguno de los tres supuestos se ha incumplido.

Dos comunicados para salir al paso

Francisco Blanco (Foto: web Ayuntamiento de Cazalegas).
Francisco Blanco (Foto: web Ayuntamiento de Cazalegas).

El alcalde de Cazalegas se vio obligado a emitir dos comunicados dada la repercusión nacional que tuvo el vídeo viral que se difundió el martes 24 de enero en las redes sociales y que suscitó miles de comentarios, la práctica totalidad de ellos en contra de la medida del Ayuntamiento.

Dos escritos para salir al paso, que no han sido colgados ni en la web ni en el bando móvil municipal y que tampoco han sido remitidos a todos los medios de comunicación.

En el primero, con fecha miércoles 25 de enero, y aún sabedor de que el Ayuntamiento de Cazalegas tiene contratada, al menos, una empresa para realizar controles de velocidad, corrobora “desde este mismo momento que no se trata de ninguna persona que preste servicios para el Ayuntamiento en régimen de personal laboral o funcionario, sin poder precisarse, en el momento actual, si se trata de persona vinculada con alguna empresa prestataria de algún servicio o concesión municipal", anunciando “averiguaciones” al respecto.

En el punto 3 y último de ese primer comunicado, Francisco Blanco señala que “el Ayuntamiento es ajeno por completo y se exime de cualquier responsabilidad por la difusión del citado video así como por la captación de la imagen de la persona que aparece en el video”, algo intranscendente para aplacar la indignación generalizada.

El segundo comunicado, que tiene fecha de viernes 27 de enero, y en el primer punto, vuelve a hablar del vídeo y de la persona que lo grabó, algo también intranscendente para lo que demandan los vecinos, tanto de Cazalegas como de Talavera, que son los principales afectados por la práctica impulsada por el Gobierno municipal cazalegueño.

En el segundo punto, el regidor popular alude a ese Acuerdo Marco con la FEMP y a que es una práctica ya habitual en varios ayuntamientos, mencionando a los de Santander (Cantabria), y los de Navacerrada y Valdemoro (Madrid).

Además, indica el escrito, que el Ayuntamiento de Cazalegas -ahora sí- es el responsable de la vía y es el que debe poner los medios disuasorios para que se cumpla la normativa de tráfico al ser el órgano administrativo competente.

También habla en este punto de que la antigua N-V que discurre por el polígono industrial Soto de Cazalegas es "uno de los tramos con más siniestralidad de este municipio", algo lógico al ser el que soporta un enorme flujo de vehículos, pero que ha minimizado los siniestros desde que hace unos años se prohibió adelantar y se limitó la velocidad máxima a 80 km/h.

Finalizando este segundo comunicado señalando que “no obstante, se tramitarán y resolverán conforme a derecho todas las alegaciones y recursos que formulen los interesados”, algo obvio, preceptivo y obligatorio, sin indicar que el plazo de respuesta es de 3 meses a lo sumo, como marca la ley.

Transparencia

En cuanto a la transparencia, cabe señalar que el Ayuntamiento de Cazalegas no tiene al alcance del ciudadano ni el presupuesto ni los contratos (mayores o menores con cero documentos volcados) ni las actas de los plenos municipales.

AhoraCLM sólo ha tenido acceso a un acta de sesión plenaria de julio de 2022 donde se formula una pregunta al respecto de una de las empresas contratadas (Kronnos) para la realización de controles de velocidad y en la que se preguntaba al equipo de Gobierno del PP cuánto había recaudado y abonado a dicha empresa desde la formalización del contrato desde el 6 de febrero de 2020 hasta la fecha: la respuesta que recoge el acta no puede ser más lacónica y oscurantista: “Puntualizó el alcalde que ya no estaba la empresa Kronnos”.

Los días contados

Por último, cabe apuntar que esta práctica del Ayuntamiento de Cazalegas en la antigua N-V tiene los días contados, puesto que ese tramo pasará a ser de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha cuando se formalice la cesión acordada para proceder al desdoblamiento de la carretera, como ya ha hecho con el suyo el Ayuntamiento de Talavera de la Reina.

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