El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publica este jueves una resolución de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes
Creadas las figuras de coordinador de Familia profesional y de Formación y Orientación Laboral
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publica este jueves una orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes por la que se crea la figura de personal coordinador de la familia profesional de Formación Profesional y de la especialidad de Formación y Orientación Laboral (FOL) de FP en los centros docentes públicos no universitarios de Castilla- La Mancha.
Esta es una figura pionera en España que tendrá entre sus objetivos poner en valor la Formación Profesional; actualizar, mantener, mejorar e innovar en cuanto a los materiales y equipamientos necesarios de cada familia profesional, reduciendo sus costes de adquisición; modernizar talleres y aulas o mejorar los perfiles profesionales.
Serán un total de 23 los coordinadores y coordinadoras, uno por cada familia profesional y otro en representación de la especialidad de FOL, los que se creen.
Además, tendrán encomendada la misión de establecer una red interconectada de departamentos de la misma familia profesional; dar a conocer las buenas prácticas entre centros; promover la innovación metodológica y técnica; mejorar la relación con las empresas del sector de cada familia profesional y dinamizar los nexos de unión entre la administración educativa y las familias profesionales, entre otras.
Respuesta a los objetivos
Para dar respuesta a los objetivos anteriormente indicados se entiende necesario contar con profesionales de reconocido prestigio y experiencia, vinculados a las diferentes familias profesionales de Formación Profesional y a FOL.
Estos coordinadores y coordinadoras empezarán a ejercer sus funciones a partir del próximo curso de manera provisional durante un año. Posteriormente, para acceder a esta función a partir del curso 2023/2024 se procederá a un proceso de selección.
En esta selección se tendrán en cuenta que los profesores y profesoras funcionarios de carrera estén en posesión de una especialidad docente adscrita a la familia profesional en cuestión o ser personal docente de la especialidad de FOL en su caso; contar con un mínimo de tres años de experiencia docente directa en la familia profesional en cuestión o en la especialidad de FOL en su caso; o estar impartiendo, desde hace al menos dos años, docencia directa en la familia profesional en cuestión o en la especialidad de FOL en su caso, en la Comunidad Autónoma.
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