Ha sido publicado este miércoles en el DOCM
Nuevo Estatuto de Autonomía: 93 artículos para blindar derechos y ahondar en autogobierno
El Boletín Oficial de las Cortes de Castilla-La Mancha ha publicado este miércoles la proposición de ley para un nuevo Estatuto de Autonomía de la región, que fue registrada el pasado lunes. y del que ya se apuntaron quince claves.
Un texto que contiene 93 artículos y que se fundamenta en el compromiso de continuar ahondando en la plena autonomía y el autogobierno de Castilla-La Mancha, mediante el blindaje de los derechos sociales de la ciudadanía y la garantía de la igualdad de las personas y los territorios.
Así se recoge en la exposición de motivos del nuevo Estatuto de Autonomía, consultado por EFE, y que resalta que Castilla-La Mancha "siempre ha tenido" a gala que la existencia política y social de la región se justifica plenamente por ser útil a la ciudadanía a través de la prestación de unos servicios cercanos y de calidad, la consecución de mejoras en el desarrollo y el impulso económico y social.
También destaca que "Castilla-La Mancha contribuye con absoluta lealtad, solidaridad y sentido de la unidad al desarrollo autonómico de la nación española".
"Hoy nuestra ciudadanía tiene unas instituciones de referencia que se ocupan del impulso de nuestra comunidad autónoma y dan respuesta a las cuestiones y problemas que se han ido suscitando con el trascurrir de los años", valora el estatuto, que reconoce que, sobre todo la autonomía ha permitido a los ciudadanos castellanomanchegos dotarse de derechos y libertades, y un marco de referencia para hacer posibles "los notables avances en el progreso y la calidad de vida de la población castellanomanchega".
De este modo, valora que la región "ha experimentado una gran transformación tanto en los servicios prestados, en la forma y en los medios para hacerlos posibles".
No obstante considera que el paso del tiempo, las transformaciones producidas en todos los ámbitos y la consecuente evolución de la sociedad han generado cambios muy significativos que hacen "necesaria y obligada", una revisión del estatuto para adecuarlo "a una sociedad cada vez más igualitaria, más moderna, más dinámica, más abierta, más cambiante".
En este sentido, argumenta que este nuevo texto se fundamenta en el compromiso de "continuar ahondando en la plena autonomía y el autogobierno de Castilla-La Mancha, mediante el blindaje de los derechos sociales de la ciudadanía, la garantía de la igualdad de las personas y los territorios, la solidaridad, la cohesión territorial y la atención a las necesidades específicas de los distintos sectores poblacionales, especialmente de aquellos más vulnerables, adaptándolos a los desafíos y aspiraciones contemporáneos".
93 artículos
Para todo ello, el Estatuto contiene ocho títulos, además del preliminar, 93 artículos, cinco nuevas disposiciones adicionales, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y una disposición final.
- Título Preliminar y Primero
El título Preliminar y Primero refuerza los derechos y libertades de la ciudadanía castellanomanchega, e incluye una referencia a la ciudadanía de la Unión Europea, así como a las personas extranjeras no comunitarias residentes en Castilla-La Mancha.
También blinda la protección de los derechos de las personas menores de edad, de mayores, de las personas con discapacidad y de quienes se encuentran en situación desfavorable. Se garantiza, afianza y fortalece la efectiva igualdad entre hombres y mujeres en todos los ámbitos de la vida social, económica y política de la región.
Asimismo, garantiza el pleno desarrollo y la equidad de las zonas rurales, la cohesión territorial y la efectiva adopción de medidas para continuar la lucha contra la despoblación que sufren algunas zonas de Castilla-La Mancha.
Se asegura asimismo el derecho a un desarrollo integral de todos los territorios de la región, a la plena protección de las tradiciones, el patrimonio histórico y cultural, los propios recursos y el medio ambiente, incluyendo medidas activas de lucha contra el cambio climático y las externalidades negativas.
- Título II
El título II profundiza en la adopción de medidas que mejoran la capacidad de autogobierno de Castilla-La Mancha, la representatividad de las Cortes regionales, así como la agilidad en la toma de decisiones, adoptando figuras tales el Decreto-Ley.
También blinda las instituciones básicas del sistema democrático y de libertades de la región, como son el Consejo Consultivo, la Cámara de Cuentas, el Consejo de Diálogo Social, el Defensor del Pueblo o el Consejo Regional de Transparencia y Buen Gobierno.
- Título III
Por su parte, el título III regula la Administración de Justicia en Castilla-La Mancha, de acuerdo con lo establecido en la Constitución Española y en el resto del ordenamiento jurídico, manteniendo y propugnando "el más absoluto respeto por el principio de separación de poderes".
- Título IV
El título IV introduce novedades como, por ejemplo, la posibilidad legal de reconocer áreas metropolitanas o regular entidades locales menores al municipio, y ahonda en las fórmulas de colaboración y cooperación con municipios y diputaciones.
- Título V
Respecto del título V, destacan el reforzamiento de las relaciones institucionales y de cooperación con el Estado y las comunidades autónomas, así como la articulación de procedimientos de relaciones con las instituciones europeas para participar en el proceso de consolidación del proyecto europeo.
- Título VI
En relación a las competencias constitucionales, reguladas en el título VI, se desarrolla con profundidad la extensión de las mismas, tanto de aquellas que son exclusivas como de las competencias de desarrollo legislativo y de ejecución y de las que son únicamente ejecutivas.
Se incluyen así competencias que en su día no formaron parte del bloque competencial de la comunidad autónoma, pero que, con el paso de los años, han sido traspasadas o delegadas a la región, y otras que han pasado a ser asumidas, dentro de aquellas propias de las comunidades autónomas, de acuerdo con el reparto constitucional de competencias.
Se profundiza en el alcance del desarrollo y ejercicio de las competencias que resultan más esenciales para la ciudadanía, como la sanidad, la educación y los servicios sociales.
Y se regula un decálogo de competencias y deberes de la comunidad autónoma en relación a la protección de sus recursos naturales, especialmente el derecho al agua y el cuidado de los caudales ecológicos o la protección o el fomento de actuaciones de evaluación y gestión pública de las externalidades ambientales.
También se establecen actuaciones y medidas efectivas para la lucha contra la despoblación y la cohesión territorial y se regulan nuevas competencias que tendrán un papel esencial en la vida de la ciudadanía en los próximos años como la inteligencia artificial o las medidas de acción contra el cambio climático.
- Título VII
El título VII viene a blindar los derechos de la ciudadanía de la región a la hora de garantizar una adecuada financiación y acceso a los recursos en igualdad de condiciones con el resto de los territorios y regiones de España. Para ello, considera que el principio de multilateralidad debe regir la forma de procurar un sistema de financiación autónomo y suficiente, siempre con la idea de conseguir una España más igual, en la que sus territorios alcancen las más altas cotas de cooperación, solidaridad, transparencia y lealtad institucional.
- Título VIII
El título VIII regula el procedimiento para la reforma del Estatuto. En este sentido, la propuesta de la misma habrá de presentarse por una tercera parte de los miembros de las Cortes, además de por el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, añadiéndose la garantía de que la aprobación requiera del voto favorable de tres quintos de los miembros de las Cortes.
Por todo ello, la exposición de motivos considera que el presente texto, fruto de la experiencia de más de cuarenta años de comunidad autónoma, del acuerdo y consenso de la mayoría de los representantes de la ciudadanía castellano-manchega, es la plasmación de la actual realidad de la región, que "garantiza un marco de derechos y libertades que permite a la población la plena igualdad y equidad entre sí y con el resto de España y la continuación en la senda del progreso y el crecimiento" iniciado hace más de cuatro décadas.
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