El juzgado declara la nulidad de estos despidos

Obligan a una empresa a admitir a tres trabajadores a lo que despidió estando de baja

Obligan a una empresa a admitir a tres trabajadores a lo que despidió estando de baja
Federico Pérez y Raquel Payo.
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La justicia ha dado la razón a Comisiones Obreras declarando nulo el despido de tres personas que trabajan en un Centro Especial de Empleo de Toledo,  Cocemfe Toledo Servicios Múltiples S.L, que fueron despedidas cuando estaban de baja laboral por enfermedad, según informa el sindicato en una nota de prensa.

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El Juzgado de lo Social número 1 de Toledo declara la nulidad de estos despidos por vulneración de derechos fundamentales, condenando a este centro especial de empleo a que proceda a la readmisión de estas personas trabajadoras en las mismas condiciones que regían durante el desarrollo de su relación laboral, con abono del salario dejado de percibir desde la fecha de extinción de tal relación hasta que se proceda a la efectiva readmisión.

También se condena a la empresa a abonarles una cuantía en concepto de indemnización por daños y perjuicios.

Así lo han explicado este lunes en rueda de prensa Raquel Payo, secretaria de Diálogo Social, Institucional y Salud Laboral de CCOO CLM, y Federico Pérez, secretario general de CCOO Toledo, quienes han destacado el trabajo de la Asesoría Jurídica de CCOO y han señalado que estamos ante “sentencias pioneras” tras el cambio de consideración del concepto de enfermedad con la entrada en vigor de la Ley integral 15/2022, de 12 de julio, para la igualdad de trato y la no discriminación.

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La ley reconoce la igualdad de trato y la imposibilidad de discriminación por enfermedad o condición de salud, “nadie puede ser discriminado por estar enfermo”, ha subrayado la secretaria de Diálogo Social, Institucional y Salud Laboral de CCOO CLM.

La anterior normativa laboral establecía que la enfermedad por sí misma, tan sólo era causa de improcedencia del despido y no de nulidad, para que la enfermedad pudiera ser base para sustentar la nulidad debía constituir un elemento de estigmatización o segregación de quienes la padecen respecto al resto de quienes prestan servicios en el mismo centro empresa.

"Con ánimo de lucro"

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Por su parte, el secretario general de CCOO de Toledo ha denunciado la actuación de este Centro Especial de Empleo, Cocemfe Toledo Servicios Múltiples S.L, “con ánimo de lucro, porque no todos son igual, que recibe subvenciones públicas por contratar a estas personas”.

Estamos ante “un caso escandaloso, con el despido de tres personas que llevaban muchos años en la empresa y a quienes la empresa echa a la calle con argumentos económicos ficticios, cuando el verdadero motivo es porque están en baja laboral, es una clara vulneración de derechos fundamentales”.

Pérez ha puesto en valor el trabajo realizado por la representación sindical en este centro de trabajo y por la Asesoría Jurídica de CCOO de Toledo y confía en que estas sentencias “supongan un freno para que otras empresas cometan este tipo de atropellos y barbaridades”.

Por último, ha hecho un llamamiento a los trabajadores y trabajadoras a que ante situaciones de este tipo u otras problemáticas en sus empresas, se pongan en contacto y acudan a CCOO, donde les podemos ofrecer asesoramiento sindical y jurídico.

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