Satisfacción en la Junta tras tumbar el Supremo el recurso de Valencia sobre el Tajo

Satisfacción en la Junta tras tumbar el Supremo el recurso de Valencia sobre el Tajo
Emiliano García-Page.
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El Gobierno de Castilla-La Mancha ha mostrado este lunes su satisfacción por la decisión del Tribunal Supremo de desestimar el recurso de la Generalitat Valenciana contra el Real Decreto de 2023 sobre plan del Tajo al considerar que no ha aportado "prueba técnica alguna" sobre los caudales ecológicos que soporte las apreciaciones puramente "subjetivas" contenidas en la demanda.

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El presidente de Castilla-La Mancha, Emiliano García-Page, ha celebrado, esta tarde y durante la entrega de los Premios Regionales de Medio Ambiente, que una nueva sentencia del Tribunal Supremo haya vuelto a “avalar” un Plan Hidrológico del Tajo que “hemos consensuado”, lo cual significa “un paso adelante extraordinario”, que sirve, además, “como estrategia para las siete cuencas” hidrográficas que discurren por la Comunidad Autónoma.

A colación, el jefe del Gobierno autonómico ha enfatizado que “a esta región no le han regalado ni un metro cúbico de agua”, al tiempo que ha subrayado que “la sintonía con el Ministerio es mayor que nunca”, pero que “espero que coincidamos mucho más cuando se terminen de definir las reglas de explotación del trasvase”, en un momento como el actual en el que “estamos ya en la segunda ronda de sentencias, y ganando”.

Asimismo, se ha preguntado de qué vale “torpedearlo”, en alusión al cuestionamiento judicial al que se sigue sometiendo un documento ya aprobado y que, como ocurriera el pasado viernes, ha vuelto a ver respaldada su validez jurídica con una sentencia que reconoce, entre otras, la necesidad de establecer caudales ecológicos en el Tajo.

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En este contexto, García-Page ha reiterado que “este es el camino, va en serio, no tiene marcha atrás”, porque “es irreversible la lucha contra el cambio climático”, una batalla en la que “nos jugamos nuestra propia estabilidad económica y nuestro futuro”, ha incidido.

José Manuel Caballero

José Manuel Caballero.
José Manuel Caballero.

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Mientras, que el vicepresidente segundo de la Junta de Comunidades, José Manuel Caballero, ha considerado en la mañana de este lunes y en una rueda de prensa en Toledo, que esta sentencia "da la razón a Castilla-La Mancha sobre la necesidad de garantizar los caudales ecológicos del Tajo en Toledo y Talavera".

Asimismo, ha opinado que el rechazo del Supremo al recurso de la Generalitat Valenciana es porque "Castilla-La Mancha tiene la razón del sentido común y la razón jurídica", al tiempo que ha considerado que el Levante "no puede estar a expensas de que les lleguen recursos y deben buscar una solución porque hay que garantizar los caudales ecológicos”.

Lo que dice la sentencia del Supremo

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de la Generalitat valenciana contra el Real Decreto de 2023 sobre el trasvase Tajo-Segura, porque la comunidad autónoma no ha aportado "prueba técnica alguna" sobre los caudales ecológicos que soporte las apreciaciones puramente "subjetivas" contenidas en la demanda.

Ante las alegaciones de la Generalitat de "falta de motivación técnica, arbitrariedad y desproporción en los caudales ecológicos fijados", el Tribunal Supremo ha recalcado que dicha comunidad autónoma no ha aportado prueba técnica alguna, sobre la determinación de los caudales ecológicos en la demanda.

Por el contrario, la sentencia ha destacado que la fijación de estos caudales se ha realizado sobre instrucciones y técnicas contenidas en la Instrucción de Planificación Hidrológica, tras seguirse un complejo procedimiento desde las demarcaciones hidrográficas, frente a lo que no pueden prevalecer las meras apreciaciones valorativas de la demanda.

El tribunal ha explicado que el Real Decreto fija una implantación progresiva de los caudales ecológicos, que encuentra "su debida justificación" en la necesidad de desarrollar medidas en la cuenca del Segura, que permitan aportar recursos alternativos para paliar los eventuales efectos que en el Trasvase produzca la obligada implantación de los caudales ecológicos en el Tajo.

La sentencia también ha precisado que el plan se acompaña de un completo programa de medidas e inversiones en ambas cuencas, cedente y cesionaria, para obtener una mayor eficacia en la utilización de los recursos.

Asimismo, recoge un cumplimiento escrupuloso de la obligación de establecer un régimen de caudales ecológicos completo, con carácter vinculante, para el horizonte de 2022-2027, alcanzándose dicho caudal al final de la vigencia del plan.

Por otro lado, el Supremo ha rechazado la alegación de la Abogacía del Estado, a la que se adhirió la Junta de Castilla-La Mancha, referida a la falta de legitimación de la Generalitat valenciana para recurrir el Real Decreto por no estar justificado que tuviera un interés propio sobre el mismo.

La sentencia señala que no puede sostenerse que el objeto de su impugnación sea ajeno a sus intereses legítimos, cuando el legislador le ha dado expresa intervención en la tramitación de la norma recurrida, a través del informe que debe emitir el Consejo Nacional del Agua del que forma parte.

La propia norma reglamentaria impugnada prevé su intervención en su propio desenvolvimiento posterior, integrándola en una comisión de seguimiento de la incidencia de los caudales ecológicos impugnados en el ámbito del Trasvase Tajo-Segura. 

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