Publicado este martes en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha
Nuevo decreto para reclamaciones, quejas y sugerencias al Sescam
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado este martes el decreto de la Consejería de Sanidad para tramitar las quejas, reclamaciones, iniciativas y sugerencias al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam).
El DOCM, consultado por EFE, recoge que mediante este decreto se pretende regular el procedimiento de gestión de las reclamaciones, quejas, iniciativas y sugerencias sobre las actividades y servicios desarrollados en los centros sanitarios dependientes o vinculados al Sescam, actualizando su forma de presentación y permitiendo una gestión electrónica que garantice la administración digital.
Asimismo, indica que teniendo en cuenta que el sector sanitario de Castilla-La Mancha cuenta con una "red extensa" de centros sanitarios dependientes o vinculados al Sescam, se hace necesaria una regulación específica y adaptada a sus peculiaridades organizativas y funcionales, en concreto, en sus actividades de carácter clínico dirigidas a las personas y a los servicios prestados en las instituciones sanitarias.
Según se recoge en el decreto, las reclamaciones, quejas, iniciativas y sugerencias se formularán por escrito, en formato electrónico o en papel, y podrán presentarse a título individual o de forma conjunta por una pluralidad de personas.
Asimismo, especifica que la formulación de una reclamación no impide ni condiciona el ejercicio de cuantas reclamaciones, derechos o acciones de carácter administrativo o judicial puedan corresponder a la persona usuaria, ni supondrá la paralización de los plazos para su interposición.
Por otro lado, el decreto señala que cuando en el formulario de reclamaciones y quejas se denuncien hechos susceptibles de ser calificados como infracción administrativa, junto con el procedimiento correspondiente a la tramitación de la reclamación expresada, el órgano tramitador dará traslado al órgano competente para que, una vez realizadas las actuaciones que sean necesarias para la comprobación de los hechos denunciados, acuerde, en el caso de que así proceda, el inicio del procedimiento sancionador.
Además, en el supuesto de que se estime la presunta comisión de ilícitos penales, se dará traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal.
Las personas responsables del Servicio de Información y Atención a Personas (SIAP) tendrán la competencia de tramitar las reclamaciones, quejas, iniciativas y sugerencias presentadas y el plazo máximo para contestar será de treinta días hábiles a contar desde su presentación.
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