Por las últimas modificaciones en el borrador del Plan Hidrológico de la cuenca

La Cátedra del Tajo, pesimista con los caudales mínimos en Toledo y Talavera

La Cátedra del Tajo, pesimista con los caudales mínimos en Toledo y Talavera
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La Cátedra del Tajo UCLM-Soliss ha expresado este jueves su "preocupación" por las últimas modificaciones que está sufriendo el borrador del Plan Hidrológico de la cuenca del Tajo en su tramitación antes de llegar, el próximo martes 29, al Consejo Nacional del Agua.

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Por eso ha pedido al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) que se cumplan los caudales ecológicos recogidos en las sentencias del Tribunal Supremo.

Así lo ha reclamado la directora de la Cátedra del Tajo UCLM-Soliss, Beatriz Larraz, y el investigador de este organismo Raúl Urquiaga en la rueda de prensa que han ofrecido en Toledo para explicar cuáles son esas modificaciones que están convencidos que no van a suponer "ninguna mejora" en el estado actual del río.

Masas de agua

Con la primera de las modificaciones, introducida el 2 de mayo de 2022, se amplía de 9 a 19 las masas de agua en las que se prevé la implantación de los caudales ecológicos mínimos de forma escalonada en tres tramos -hasta el 31 de diciembre de 2025, hasta el 31 de diciembre de 2026 y a partir del 1 de enero de 2027-.

Esta "dilatación" en el tiempo, que adolece de justificación técnica y legal, incumple las sentencias del Tribunal Supremo, ha significado Larraz.

Es más, advierten que si a 31 de diciembre de 2025 se han cumplido los objetivos ambientales en el río Tajo, no se aplicarán los dos siguientes tramos, por lo que la implantación se supedita a medidas a implantar en las cuencas del Tajo y del Segura y "esto no tiene justificación".

En este punto ha recordado que esta implantación progresiva de caudales ecológicos mínimos, que ahora se amplía, ya fue motivo de crítica por parte de la Cátedra del Tajo UCLM-Soliss por ser "insuficiente" y no tener en cuenta las necesidades de las zonas protegidas y perjudicar a la consecución de los objetivos ambientales.

Caudales mínimos

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La otra modificación que preocupa a la Cátedra del Tajo es que el paso de los caudales mínimos previstos en 2026 y 2027 queda supeditado a la consecución del buen estado del río, de forma que si éste se alcanza a 31 de diciembre de 2025, no se aplicarán.

A juicio de Urquiaga, esto se traduce en que los caudales ecológicos mínimos propuestos no supondrán prácticamente ninguna mejora en las masas de agua desde Aranjuez hasta Valdecañas; en las masas entre Bolarque y Aranjuez la mejora sería mínima; y en Toledo y Talavera "inexistente", lo que haría imposible recuperar la "dinámica fluvial" tan necesaria en un río que ahora presenta "encefalograma plano", ha aseverado.

Además, Larraz ha subrayado que el Plan incumple la obligación de implantar todos los componentes de los caudales ecológicos en todas las masas de agua de la cuenca, de modo que hay más de 200 embalses en los que no se han establecido caudales mínimos, con lo que se vuelven a incumplir las sentencias del Tribunal Supremo de 11 de marzo de 2019.

"El Tajo no puede esperar mucho más para su recuperación", ha enfatizado la directora de la Cátedra del Tajo, quien se ha mostrado "sorprendida" por las últimas modificaciones introducidas en el borrador del plan de cuenca, y ha confiado en que el departamento de Teresa Ribera no permita que salgan adelante, "ya que el último que decide es el Gobierno, que lo aprobará en Consejo de Ministros antes de que finalice este año", ha observado.

Preguntada qué ocurrirá si se aprueba en los términos en que llegará al Consejo Nacional del Agua el próximo día 29, ha señalado que, "una vez aprobado, lo que nos queda es otro recurso ante el Tribunal Supremo", con la nueva pérdida de tiempo que esto supondría para conseguir el objetivo de recuperar el río.

La cátedra considera que el plan de Cuenca, tal y como salió elevado desde el Consejo del Agua de la Demarcación al Consejo Nacional del Agua, "no conseguirá que se cumplan los objetivos marcados por la legislación española y la Directiva Marco del Agua". 

Sentencias del Supremo y caudales ecológicos

Ya la semana pasada la Cátedra del Tajo UCLM-Soliss consideró que el nuevo Plan del Cuenca del Tajo "no es el más adecuado" para cumplir los objetivos ambientales de las masas de agua porque "se observan deficiencias en cuanto al cumplimiento de las sentencias del Tribunal Supremo en relación al establecimiento de los caudales ecológicos".

Abundando, afirmaron que el próximo plan "no da cumplimiento a las sentencias del Tribunal Supremo" en relación a la implantación de un régimen de caudales ecológicos en toda la demarcación.

Por un lado, la cátedra ha señalado que no se encuentran definidas todas las componentes del régimen de caudales ecológicos en todas las masas de agua.

En el caso de los caudales de crecida, en aquellas masas de agua en las que han sido establecidos, "resultan insuficientes en cuanto a su periodicidad y su cuantía".

En el caso de los caudales mínimos del Tajo, han argumentado que además de ser insuficientes para la consecución del objetivo del buen estado o máximo potencial ecológico, se posponen hasta 2027, sin que exista "ninguna justificación técnica o ambiental para este aplazamiento".

También argumentó que la principal presión que condiciona la gestión de la demarcación, el trasvase Tajo-Segura, continúa obviándose y que las masas de agua en Red Natura 2000 siguen "sin establecer las necesidades hídricas a sus objetivos de conservación".

También resaltó el "preocupante" tratamiento que se hace de las masas de agua vinculadas a espacios Red Natura 2000.

Y advirtió de que existen masas de agua en las que la lógica de la planificación hidrológica "no se ha aplicado correctamente", puesto que una masa que tiene indicadores que denotan su mal estado, y sobre todo en estas que pertenecen a la Red Natura, debería incluir medidas "verdaderamente eficaces" para la recuperación del buen estado.

Trasvase del Tajo a la Llanura Manchega

Por otro lado, sobre el proyectado trasvase del Tajo a la Llanura Manchega, ha comentado que la Directiva Marco de Agua europea del año 2000 habla de "unicidad de cuenca", lo que significa que cada una de ellas debe adaptarse a sus recursos en cabecera, tramo medio y desembocadura, por lo que se estaría incurriendo en otro incumplimiento de ley, ha concluido. 

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