viernes, 26 abril 2024
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Publica la Ley de creación del Colegio Oficial de Licenciados en Ciencias Ambientales

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publica este miércoles la Ley por la que se crea el Colegio Oficial de Licenciados y Graduados en Ciencias Ambientales de Castilla-La Mancha, una norma que contribuirá a conseguir el equilibrio entre la protección del medio ambiente y el desarrollo económico, así como a fortalecer la interlocución de estos profesionales con las administraciones públicas.

La Ley, que fue aprobada el pasado 27 de mayo en la Cortes regionales por unanimidad de los tres grupos parlamentarios, entrará en vigor en veinte días, tal y como se recoge en el DOCM.

La constitución de este colegio oficial tiene tres fines primordiales, el primero de los cuales pasa por permitir que estos profesionales dispongan de una organización colegial que ordene el ejercicio de su profesión en el ámbito de la Comunidad Autónoma, como medio para garantizar el rigor y la calidad de los servicios que presta su personal colegiado a las personas usuarias y consumidoras.

El segundo de los objetivos es dotar a este colectivo de una organización adecuada que garantizará su representación y la defensa de sus intereses profesionales; y, finalmente, con este colegio oficial se busca contribuir a fortalecer la interlocución con las administraciones públicas.

Su creación

Su creación es una petición de la Asociación de Ciencias Ambientales de Castilla-La Mancha, cuya solicitud cumplía un requisito básico para su tramitación, que es el interés público de dicha iniciativa, sustentado en que el ejercicio de esta profesión exige una formación académica encaminada a conseguir el mencionado equilibrio.

Un objetivo que para el Gobierno regional tiene mucho que ver con la preocupación y sensibilización que existe en la sociedad en relación a la lucha contra los efectos negativos del cambio climático y la degradación ambiental.

La comisión gestora designada por la Asociación de Ciencias Ambientales de Castilla-La Mancha elaborará, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente ley, un censo de todas las personas que ejerzan la profesión en la región, así como un proyecto de estatutos del órgano colegial, que contendrá el procedimiento y el plazo de convocatoria de la asamblea constituyente del colegio, su funcionamiento y los requisitos para la adquisición de la condición de persona colegiada, lo que permitirá participar en dicha asamblea, además de la constitución de los órganos de gobierno del colegio.

 

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