viernes, 26 abril 2024
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Así quedan y afectan las medidas de nivel 3 anti-Covid en Talavera

Según la Resolución de la Consejería de Sanidad

A partir de las 00:00 horas de este viernes, 12 de febrero, han entrado en vigor, las medidas anti-Covid de nivel 3 para toda la región, excepto Torrijos, Fuensalida y Casarrubios del Monte, según la Resolución de la Consejería de Sanidad del Gobierno de Castilla-la Mancha. De esta forma, se adoptan medidas de Nivel III en materia de Salud Pública, para la contención del Covid-19 en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

También se ha aprobado el Decreto 9/2021, de 11 de febrero, del presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, Emiliano García-Page, por el que se modifica el Decreto 66/2020, de 29 de octubre, por el que se determinan medidas específicas en el ámbito del estado de alarma.

Toque de queda

El Decreto recoge la adopción de medidas como el mantenimiento del toque de queda, que se establece entre las 22:00 y las 7:00 horas del día siguiente. El toque de queda limita la libertad de circulación de las personas en este horario nocturno, recogiendo excepciones de necesidad o emergencia. De igual modo, se ordena el confinamiento (cierre) perimetral de la comunidad autónoma. Se restringe la entrada y salida en toda Castilla-La Mancha.

Bares y restaurantes

Se permite la apertura de bares, restaurantes y resto de establecimientos de hostelería. El aforo en espacios cerrados dedicados a esta actividad se reducirá a un tercio del máximo que tuviera establecido previamente con distancia de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.

Queda expresamente prohibido añadir elementos móviles o fijos anejos a la barra que puedan ampliar la superficie de ésta y permitir su uso como mesa. El servicio de barra está suprimido.

Los espacios al aire libre de bares y restaurantes reducirán su aforo al 50 por ciento del número máximo de mesas que tuvieran establecido previamente con distancia de 2 metros entre las sillas de diferentes mesas, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.

Se entiende por espacio al aire libre todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos.

El cierre de bares, pubs, cafeterías, establecimientos de restauración y similares una hora antes del inicio del horario de restricción de movilidad nocturna, establecido a las 22:00 horas.

Para garantizar el control del aforo y el mantenimiento de las medidas de seguridad, en establecimientos de hostelería, queda prohibido el servicio a las personas usuarias que no se encuentren sentadas en las mesas dispuestas a tal efecto, tanto en espacios al aire libre como cerrados, así como el consumo de comidas y bebidas fuera de éstas.

Reparto a domicilio, tiendas y supermercados

La resolución permite el servicio de reparto a domicilio y recogida en locales dentro del margen horario permitido de movilidad, que deberá ser antes de las 22:00 horas y después de las 07:00 horas.

En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento. Los locales comerciales, incluyendo supermercados y centros comerciales, limitarán su aforo a un tercio del aforo máximo.

Locales de juego, bodas y comuniones

Sanidad también ha resuelto el cierre de locales de juego y apuestas, bingos y establecimientos similares.

En celebraciones posteriores a eventos como bodas, bautizos, comuniones y similares, en locales de hostelería y restauración tendrán limitado su aforo a 30 personas en espacio abierto, siempre adecuándose a las condiciones de porcentaje de aforo máximo permitido.

Si estas celebraciones posteriores se llevan a cabo en otro tipo de instalaciones, no se podrá superar el número máximo de 6 personas. Se deberá garantizar el resto de medidas recogidas en la regulación en vigor.

Mercadillos

Se podrán celebrar los mercadillos y mercados al aire libre, con una limitación de un tercio del aforo total de los puestos y asegurando una distancia de seguridad entre puestos de al menos 4 metros.

Tal y como ya se informó en la anterior etapa de Nivel 3 en la ciudad, se amplía la superficie tanto para el mercadillo de Patrocinio, de los domingos, como para el habitual de los miércoles, que permite la adaptación a esta normativa del tercio del aforo y la distancia de 4 metros de separación entre los puestos.

Centros sociosanitarios

En lo que se refiere a centros sociosanitarios, siguen suspendida, cautelarmente, la actividad en los Centros de Día de personas mayores y personas con discapacidad y de servicios de estancias diurnas de personas mayores.

También se suprimen las visitas sociales en Residencias de Mayores, centros para personas con discapacidad grave, Viviendas Tuteladas de Mayores y Centros Residenciales Sociosanitarios.

La entrada a estos centros por parte de personas ajenas, se limitará a lo estrictamente necesario. Las viviendas supervisadas y las viviendas para personas con discapacidad quedan exceptuadas del cumplimiento de esta medida, pero deberán observarse todas las medidas preventivas generales (distanciamiento, uso de mascarillas, uso de soluciones hidroalcohólicas, y resto de medidas de prevención de posibles contagios).

No se permitirán salidas de los usuarios salvo razones de fuerza mayor en residencias y viviendas de mayores.

A su regreso deberán permanecer en cuarentena durante el periodo que esté establecido en los protocolos en vigor; mientras que sí se podrá permitir el abandono definitivo o traslado temporal a un domicilio familiar, siempre por un periodo superior al de vigencia de las medidas especiales establecidas en el municipio; es decir, no se podrá retornar al centro mientras dichas medidas estén en vigor.

Para ello, además, será necesaria la realización de pruebas diagnósticas según lo establecido en la regulación previa y autorización de la autoridad sanitaria competente.

En otros centros residenciales sociosanitarios de personas con discapacidad, menores, o personas con TMG, estarán permitidas las salidas siempre que la persona no sea sospechosa o presente síntomas compatibles con el Covid-19 y que el centro se encuentre libre del mismo en ese momento. Los responsables del centro deberán valorar la necesidad o conveniencia de que estas salidas se realicen acompañados por un profesional del centro.

Los trabajadores que, tras su periodo vacacional o ausencia de su puesto de trabajo, por un tiempo superior a una semana, que se incorporen a las residencias sociosanitarias o viviendas tuteladas/supervisadas u otros dispositivos residenciales sociosanitarios se les realizará, como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por Covid-19.

Se resuelve el cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.

Centros de culto

En otro orden, y en lo que se refiere a las actividades religiosas de ámbito social como bodas y bautizos se limita la ocupación en espacios cerrados a un 40 por ciento del aforo, mientras que al aire libre no deberá superar el número máximo de 100 personas, garantizando la distancia de seguridad interpersonal y las normas higiénico-sanitarias sobre prevención y contención del Covid-19. Se limita también a un máximo de 6 personas en los velatorios y comitivas fúnebres.

Controles policiales

Sobre el consumo de alcohol, se reforzarán los controles para impedir el consumo de alcohol que no estuviera autorizado y otras actividades no permitidas en la vía pública. En este sentido, la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y las autoridades competentes aplicarán rigurosamente las sanciones correspondientes. El Ayuntamiento, como se viene haciendo, aumentará la vigilancia para detectar y sancionar estos comportamientos y actividades.

Autobuses urbanos y taxis

Sobre el transporte, se limitará al 50 por ciento la ocupación en autobuses urbanos y taxis. Se procurará aumentar la frecuencia de los horarios de autobuses para evitar aglomeraciones.

Las medidas prescritas por la Delegación Provincial incluyen un seguimiento minucioso del aislamiento de todos los casos y contactos por parte de Epidemiología, Enfermeros de Vigilancia Epidemiológica y Equipos de Atención Primaria, solicitando la colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad si así se precisara.

Si desde el Ayuntamiento se tuviera conocimiento de otros locales o actividades que pudieran suponer un riesgo de contagio, se informará de inmediato a la Delegación Provincial de Sanidad para proceder a su cierre, prohibición o limitación con el fin de frenar la transmisión virus.

Actividades culturales y ocio

Esta nueva resolución mantiene la suspensión de actividades culturales y de ocio, tales como cines, teatros, conferencias y otros que supongan la participación o presencia de más de 6 personas.

Igualmente se suspenden las actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otros que pueda suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos de estas medidas. Podrán celebrarse estas actividades cuando estén promovidas por asociaciones, peñas y particulares siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas.

Las competiciones deportivas de ámbito federativo podrán celebrarse sin la presencia de público, y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso. En ningún caso se podrá autorizar el traslado de estos eventos a otras localidades que se encuentren en un nivel inferior de medidas de restricción.

Se podrá celebrar competiciones deportivas no federadas, siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas.

Piscinas municipales

Cierre de piscinas municipales y otras instalaciones de este tipo para uso recreativo público, independientemente de su titularidad, excepto su apertura y uso para aquellos supuestos indicados por prescripción facultativa por problemas de salud.

En instalaciones deportivas de cualquier titularidad, el aforo será del 20 por ciento en espacios interiores y del 50 en espacios exteriores.

Las visitas guiadas a monumentos y lugares de interés cultural verán limitado el tamaño máximo de los grupos a seis personas. Se mantiene el cierre de cines, teatros, y auditorios, aunque se podrán celebrar congresos, seminarios y actividades de índole similar siempre que no se supere el número máximo de 6 personas.

Las bibliotecas, museos y archivos limitarán su aforo al 30 por ciento.

Los hoteles sólo podrán contratar el 50 por ciento de su capacidad. El uso de las zonas comunes se verá limitado en su aforo al 25 por ciento.

Parques y jardines

Continúa el cierre cautelar de parques, jardines y espacios públicos de características similares durante el horario comprendido entre las 22:00 y las 8:00 horas. Durante su apertura, se supervisará el mantenimiento de las medidas de prevención y protección individual.

Se recuerda específicamente que en los elementos de juego de parques infantiles siguen precintados y su uso prohibido, así como los elementos para uso deportivo en estos espacios.

Tampoco podrán usarse los bancos u otros elementos del mobiliario urbano. En el periodo de tiempo que se permite el acceso a parques y jardines se podrá pasear, hacer deporte o ir en bici.

Encuentros sociales

Las academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada disminuirán su aforo máximo al 50 por ciento de habitual.

En último lugar, la resolución recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable.

Estas medidas tendrán una validez de 10 días naturales, prorrogables por otro periodo idéntico. Si las circunstancias epidemiológicas y la evolución de la pandemia reflejaran un empeoramiento de la situación, se podrán adoptar medidas complementarias a las establecidas en este documento.

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