miércoles, 17 enero 2024
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La acreditación de las causas para no usar mascarilla, no requiere certificado médico

Así lo asegura el Colegio de Médicos de Toledo en un comunicado

Reparto de mascarillas.
Reparto de mascarillas.

El Colegio de Médicos de Toledo asegura en un comunicado que la no utilización de mascarillas frente al Covid-19 no requiere justificante médico, siendo suficiente la declaración responsable firmada por la persona que presenta la causa de exención.

En este sentido, el Colegio aclara que en el artículo 5 del Decreto 38/2020, de 21 de julio, sobre medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, una vez superada la fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, se establecen los casos en los que no será exigible el uso de mascarilla.

Estos casos son: en el ejercicio de deporte individual y colectivo, en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias, así como en  establecimientos y servicios de hostelería y restauración, discotecas y bares de ocio nocturno, en el momento de la ingesta de alimentos o bebidas.

También en las piscinas públicas o privadas de uso comunitario y en zonas de baño naturales, durante el baño y mientras se permanezca en un espacio determinado, siempre y cuando se pueda respetar la distancia de seguridad interpersonal entre los usuarios. Para los desplazamientos y paseos, será obligatorio el uso de mascarilla.

Enfermedad o dificultad

Igualmente, están exentas del uso de mascarilla las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

La acreditación de estas causas no requerirá justificante médico, siendo suficiente la declaración responsable firmada por la persona que presenta la causa de exención.

En los supuestos de menores de edad o personas incapacitadas, la declaración responsable será firmada por los progenitores o tutores, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran exigirse por la inexactitud de la declaración.

Por tanto, los médicos no están obligados a firmar certificado alguno para eximir del uso obligatorio de mascarillas a los pacientes.

Asimismo, se ha recomendado al colectivo médico que, en la medida de lo posibe, extiendan esta información a los profesionales de los equipos de Atención Primaria, incluido personal PEAC y sustitutos.

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