viernes, 26 abril 2024
- Publicidad -

Aprobado el decreto regulador del ocio nocturno en la región por el coronavirus

La portavoz del Gobierno de Castilla-La Mancha, Blanca Fernández.

El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha ha aprobado el decreto regulador del ocio nocturno que obliga a los titulares de este tipo de establecimientos a proporcionar los datos de los clientes, para facilitar el seguimiento y el rastreo ante posibles contagios de Covid-19.

La portavoz del Gobierno regional, Blanca Fernández, ha informado en rueda de prensa de que es un decreto de obligatorio cumplimiento para aquellos establecimientos de ocio nocturno ( bares, bares de copas, clubes, discotecas o peñas) que desarrollen la actividad en espacios cerrados, los cuales tendrán que colaborar con las autoridades sanitarias para facilitar los datos de los clientes que entren a partir de las 1:00 horas en los locales.

De esta manera, los clientes tendrán que identificarse a través de una aplicación (App) que se está desarrollando , y que recibirá el nombre de ‘Ocio Responsable’, de manera que los usuarios habrán de registrarse a través de una página web, que generará y asignará un código QR, el cual les permitirá identificarse con el objetivo de facilitar el trabajo de rastreo y las labores de los servicios de vigilancia.

Por su parte, los establecimientos deberán también registrarse en la plataforma a través de la página web y cuando un cliente llegue y acceda, deberán realizar la lectura del código QR de este a través de la aplicación, que enviará los datos a los sistemas del Gobierno regional.

Datos particulares

Los datos particulares de los ciudadanos, según ha señalado Blanca Fernández, nunca se almacenarán, visualizarán ni manejarán en el lugar de ocio, sino que el tratamiento de estos datos corresponderá a la Dirección General de Salud Pública de Castila-La Mancha.

Además, la portavoz del Ejecutivo autonómico ha comunicado que en este decreto aprobado queda establecida la prohibición del uso compartido de dispositivos de inhalación de tabaco, con el fin de evitar “un caldo de cultivo de contagios”.

El incumplimiento de estas obligaciones establecidas en este decreto constituye una infracción administrativa en salud pública, y así será sancionado de acuerdo con los términos previstos en la Ley 33/2011.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

- Publicidad -spot_img
- Publicidad -spot_img
- Publicidad -spot_img
- Publicidad -spot_img
Esta web utiliza cookies propias para su correcto funcionamiento. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Ver
Privacidad