viernes, 26 abril 2024
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Inhabilitan por prevaricación al juez decano de Talavera

juez fdo presencia
El TSJ ha inhabilitado al juez Presencia durante 10 años

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla-La Mancha ha condenado al juez decano de Talavera, Fernando Presencia, a diez años de inhabilitación profesional y a 3.600 euros de multa, como responsable de un delito de prevaricaciónen un caso en el que estaba implicado su amigo y abogado Carlos Lucas.

Según informa el propio TSJ regional en un comunicado, la sentencia recoge que la prevaricación se debe a la tramitación de unas diligencias previas abiertas en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Talavera, cuya titularidad correspondía a Presencia, “por delitos de lesiones imprudentes y omisión del deber de socorro” en un supuesto atropello de un peatón y posterior fuga del conductor implicado.

El magistrado acordó, según la sentencia, “oralmente y a posteriori, a través de auto, el sobreseimiento provisional del delito de omisión del deber de socorro y el sobreseimiento libre y transformación a falta por las lesiones imprudentes, sin haber practicado las diligencias de prueba solicitadas, hasta en tres ocasiones, por la parte denunciante”. Diligencias consistentes en la declaración de un testigo presencial del supuesto atropello y el conocimiento del atestado de la Policía Local.

La Sala señala en su sentencia, asimismo, que el magistrado Fernando Presencia actuó así, “no porque creyera que era lo que procedía conforme a Derecho, sino para favorecer al imputado en el procedimiento, con el que se ha acreditado una estrecha amistad” a la vista de las declaraciones practicadas en el juicio celebrado el pasado 13 de mayo.

Por todo ello, la Sala de lo Civil y Penal del TSJ regional condena a Fernando Presencia a una multa de 12 meses, con una cuota de 10 euros diarios, y a la inhabilitación por 10 años para el cargo de juez o magistrado, “con pérdida definitiva del cargo que ostenta”. También le impone “la incapacidad para obtener durante el tiempo de la condena cualquier empleo o cargo con funciones jurisdiccionales o de gobierno dentro del poder judicial o fuera del mismo”. Contra esta sentencia, cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

 

 

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