sábado, 27 enero 2024
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Hasta 600.000 euros de multa por incumplir las restricciones del estado de alarma

Según la legislación que regula las emergencias de interés nacional

Restricciones en la circulación de personas y vehículos.
Restricciones en la circulación de personas y vehículos.

No cumplir con las restricciones impuestas en el Real Decreto-Ley por el que se declara el estado de alarma en todo el territorio español, durante quince días y para prevenir el contagio por coronavirus, llevará consigo importantes sanciones.

Así, tras lo estipulado en el decreto, se hace referencia a las distintas leyes que se pueden aplicar a la hora de sancionar a un infractor, destacando las referidas a la Ley 33/2011 de 4 de octubre General de Salud Pública, que en su artículo 57.2.a estipula las infracciones muy graves de 60.001 a 600.000 euros.

Estas sanciones se impondrían por “la realización de conductas u omisiones que produzcan un riesgo o un daño muy grave para la salud de la población”, así como por “el incumplimiento, de forma reiterada, de las instrucciones recibidas de la autoridad competente, o el incumplimiento de un requerimiento de esta, si este comporta daños graves para la salud”.

También se hacer referencia a la  Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, que regula las emergencias de interés nacional (y el estado de alarma lo es según se recoge en el artículo 28 de la citada ley) y que establece multas de 30.001 a 600.000 euros para la infracciones muy graves, de 1.501 a 30.000 euros para las graves y de hasta 1.500 euros para las leves.

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