jueves, 25 abril 2024
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Autorizado el control de daños a la agricultura por los conejos en Toledo

La autorización es hasta el 31 de marzo del próximo año.

La Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural ha autorizado la práctica del control de daños causados a la agricultura e infraestructuras por conejo de monte en vías pecuarias de la comarca de emergencia cinegética temporal de la provincia de Toledo.

Según la resolución de la Dirección provincial de Agricultura publicada este viernes en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), el ámbito de aplicación serán los terrenos de dominio público pecuario existentes en los términos municipales de la provincia de Toledo, incluidos en la comarca de emergencia cinegética temporal declarada en una anterior resolución del mes de marzo.

Las operaciones de control de daños deberán realizarse en el interior de las vías pecuarias donde habiten los conejos y la persona autorizada será el titular del coto de caza por el que discurran las vías pecuarias o limiten con ellas.

En el caso de que haya más de un coto de caza afectado, será necesario un acuerdo previo de sus titulares, mientras que en los tramos de vías pecuarias que no colinden o atraviesen terrenos cinegéticos, quedará autorizado el titular de los terrenos colindantes.

Hasta el 31 de marzo de 2020

La resolución de la Dirección Provincial de Agricultura también establece que el método y período de control autorizados serán la captura mediante hurón y capillo o redes sin perro, hasta el 31 de marzo de 2020, y quedará limitado el número de cazadores por grupo a un máximo de cuatro.

Además, la práctica de los controles no podrá impedir ni dificultar el tránsito ganadero -uso común, prioritario y específico de las vías pecuarias- ni tampoco los restantes usos compatibles y complementarios de estos bienes de dominio público.

En cuanto a los tramos que discurran por espacios naturales protegidos, cualquiera que sea su calificación, la resolución señala que dependerá de los condicionantes que marquen los correspondientes planes de ordenación de los recursos naturales.

Y en los tramos de vías pecuarias que recorran montes declarados de utilidad pública que pertenecen a entidades locales, dependerá del contenido de los planes básicos de ordenación del medio natural o proyectos de ordenación forestal, de modo que deberán establecerse convenios entre la Consejería de Agricultura y las entidades locales propietarias de los montes.

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