sábado, 20 abril 2024
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La Junta Electoral desestima otras tres denuncias del PP contra la Junta

La Junta Electoral Central (JEC) ha desestimado tres denuncias del PP contra distintas actuaciones del Gobierno de Castilla-La Mancha.

Los motivos de las denuncias del PP fueron la realización de una “campaña de logros” por parte de la consejera de Bienestar Social en una rueda de prensa; el “incumplimiento” de la orden de la JEC de retirar notas de prensa en la web institucional de la Junta de Castilla-La Mancha; y el envío a los ciudadanos de la región de “cartas de logros” de las políticas del Gobierno en periodo electoral.

Respecto a la denuncia por la rueda de prensa de la consejera, la JEC ha considerado que la intervención fue realizada en “términos objetivos” sin “alusiones a logros”. Por ello, la JEC no interpreta que la información proporcionada por la consejera Aurelia Sánchez haya vulnerado lo dispuesto en el artículo 50.2 de la LOREG” y añade que esa misma documentación “se refiere a acuerdos adoptados por el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, en términos objetivos sin que quepa apreciar alusiones a logros o realizaciones o a imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones”.

En cuanto a las notas de prensa, según la JEC, éstas ya fueron retiradas de la página web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha el pasado 12 de marzo y el 14 de marzo quedó deshabilitado el enlace existente desde la web institucional de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha a la web de compromisos mencionada en la reclamación”.

Finalmente, se ha archivado una tercera denuncia contra el presidente de Castilla-La Mancha “por el envío de cartas de logros a los ciudadanos en periodo electoral”, ya que esa distribución “se ordenó con anterioridad al comienzo del periodo electoral, sin que la formación denunciante haya aportado elemento probatorio alguno en sentido contrario”.

El PP ahora tiene la posibilidad de interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo en el plazo de dos meses.

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