miércoles, 24 enero 2024
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Vecinos de Cardiel de los Montes logran anular la Ordenanza de Basuras de 2015

Ayuntamiento de Cardiel de los Montes

La Comunidad de Propietarios de la urbanización Atalaya del Alberche ha logrado en los tribunales la nulidad de la Ordenanza fiscal de recogida de basuras y residuos sólidos urbanos que entró en vigor el 1 de enero de 2015 y que les obligaba a pagar 87 euros más que los residentes en el caso urbano de Cardiel de los Montes.

Tras dos años y medio de pleitos, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJ-CLM), con sede en Albacete, les ha dado la razón y decretado la nulidad de la ordenanza publicada el 31 de diciembre de 2014 que especificaba que los 370 propietarios de casas diseminadas debían pagar en 2015 como cuota anual 142 euros por el servicio de recogida de basuras, mientras los vecinos del pueblo 55.

El TSJ no entra a valorar el hecho discriminatorio en sí sino que la ordenanza fue tramitada irregularmente por lo que sentencia su “falta de validez y eficacia, la ausencia de efectos jurídicos y su inexigibilidad por no haber llegado a entrar en vigor”, condenando al Ayuntamiento al pago de costas por un monto no superior a 1.500 euros.

Los hechos

El Ayuntamiento de Cardiel de los Montes quiso regularizar el impuesto de recogida de basuras a su única urbanización del término municipal. Ésta pagaba una cuota anual conjunta a requerimiento del consistorio valorados los gastos anuales del servicio. Por ello redactó una nueva disposición fiscal para que el pago se hiciera nominativo por propiedad aplicando una cuota de 55 euros a las viviendas del casco urbano, de 80 euros a los locales comerciales y de 142 euros a las viviendas diseminadas, las de la urbanización. En verdad para estos últimos la cuota real era de 85, pero el consistorio incrementó la cuantía en 57 euros a cada vecino por los atrasos que la comunidad de propietarios acumulaba de años anteriores.

Mediante anexo la ordenanza salió publicada el 31 de diciembre en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), por lo que  el documento debería exponerse públicamente durante 30 días en el tablón de anuncios del ayuntamiento. Dos imperativos que recoge la Ley Reguladora de Haciendas Locales.

La comunidad de propietarios Atalaya del Alberche comprobó que pese a existir un anuncio sobre la ordenanza ésta no se exponía en su totalidad por lo que demandó fe notarial para que la irregularidad quedase registrada, hecho recogido en acta con fecha 15 de enero de 2015.

En el Pleno del mes de febrero las alegaciones presentadas por la Atalaya del Alberche fueron desestimadas y se dictó la aprobación definitiva de la citada ordenanza, procediendo la comunidad a interponer un contencioso-administrativo en abril de ese mismo año contra ese acuerdo de Pleno de 10 de febrero de 2015 que ahora el Superior de Justicia ha determinado “contrario a derecho” y, por “vicios constitutivos de nulidad absoluta”, la nulidad de la ordenanza y el pago a costas.

Reclaman 52.540 euros

Vista panorámica de la urbanización Atalaya del Alberche

Los 370 propietarios de la Atalaya del Alberche, pese a que su reclamación  judicial estaba en curso, abonaron el recibo de 142 euros correspondientes al año 2015 entre los meses de septiembre y noviembre, dinero que ahora reclamarán en su totalidad y que asciende a 52.540 euros.

Por último, cabe significar que el Ayuntamiento publicó el 19 de diciembre de 2015 una nueva ordenanza fiscal de recogida de basuras y residuos sólidos urbanos que contempla una tasa unitaria de 60 euros anuales para cualquier vecinos del municipio de Cardiel de los Montes, toda vez que la urbanización ha sido recepcionada por al Ayuntamiento. Una tasa que ya se ha aplicado en los ejercicios 2016 y 2017.

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