jueves, 25 abril 2024
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La plaza de Jefe de Deportes de Talavera cobra tintes de trama

Cubrir media jornada del Jefe de Servicios de Deportes -cuyo titular es Ángel Arce- por prejubilación parcial en el Ayuntamiento de Talavera a través de un concurso de méritos va cobrando tintes de trama y sus consecuencias a día de hoy son impredecibles. El proceso arroja muchas dudas, incógnitas, suspicacias, incongruencias e irregularidades flagrantes (otra cosas es que obtengan respaldo jurídico) y, quizás, un caso de nepotismo que la justicia determinará, habida cuenta que el Gobierno Municipal ha decidido no dar explicaciones al respecto y conminado a los que se sientan perjudicados a recurrir a la misma. Ya lo dijo la concejala de Personal, María Ángeles Núñez en sesión plenaria: “si ven alguna tacha, que reclamen”, eludiendo cualquier acusación de “enchufismo” o “dedocracia” que insinuó la oposición. No se dieron ni se han dado las explicaciones solicitadas y obligan a los agraviados, que fueron seleccionados de las listas del paro, a pleitear con los servicios jurídicos de todo un Ayuntamiento con un presupuesto por encima de los 60 millones de euros. Utopía, ¿no? Pues en ello están.

El hecho real y cierto ­es que tras el proceso, hecha pública su resolución el 2 de mayo, la plaza de media jornada para sustituir al actual Jefe de Deportes que había solicitado esa prejubilación parcial la ocupa desde el mes de mayo Álvaro Corrochano, primo del concejal expulsado de Ciudadanos Jonatan Bermejo Corrochano y vinculado al gimnasio que tenía con su marido la otra concejala que corrió la misma suerte en la formación naranja tras la asunción por parte de ambos de responsabilidades en el gobierno de Talavera, Montaña Palacios.

Álvaro Corrochano, del que hay que decir está tremendamente formado y cualificado en materia de deportes, quedó en tercera posición en primera instancia pero finalmente logró adelantar a esos dos aspirantes que le precedían merced a un Curso de Adaptación Pedagógica o Certificado de Actitud Pedagógica, en acrónimo CAP,  que se incluyó como baremable a posteriori.

Cronología del concurso de méritos

Según ha investigado Ahoraclm, todo este proceso comienza en las Mesas de Negociación de Personal Laboral de 23 de marzo y 3 de abril de 2017 donde se ajustan los criterios de las bases para cubrir la plaza. Lo primero que llama la atención es que se requiera la contratación de un profesor de Educación Física para cubrir esa media jornada en la Jefatura de Servicio de Deportes o Director de Deportes, como prefieran. Estar licenciado o graduado en INEF o la ahora denominada Ciencias del Deporte era condición sine qua non, como estar en las listas de demanda de empleo en las que, entre los concurrentes, unos llevaban mucho más tiempo que otros. En este requisito ya se cercena el principio de igualdad porque puede haber licenciados en INEF o en CC del Deporte que por motivos equis puedan estar trabajando en otra cosa distinta, por necesidad, etc.

Se escogen a los aspirantes a los que el Sepecam envía un SMS pocos días después de ese 3 de abril para que tramiten su concurrencia al proceso, reflejando las fechas, las bases y la puntuación de los méritos.

Los méritos a puntuar quedaron perfectamente recogidos en la Mesa del 3 de abril y son:

-Se puntuará 0,01 puntos por hora de formación en cursos relacionados con el área de Educación Física.

-Se puntuará con 0,02 puntos por mes trabajado y, por ende, experiencia en gestión deportiva en Administraciones Públicas.

Es decir, que se convoca la contratación de una plaza de profesor de Educación Física y sin embargo se puntúa más la gestión deportiva (?). Encima, gestión deportiva en Administraciones Públicas, es decir, funcionario o personal laboral. Ninguno de los diez aspirantes que lograron llegar a la fase final del proceso, casi todos bastante jóvenes, lograron rascar nada de ese meritaje, como parecía cantado de antemano.

Comisión de Selección

Una vez finalizado el plazo de recepción de la documentación de los aspirantes se reúne el 27 de abril la Comisión de Selección, integrada por cinco funcionarios del Ayuntamiento de Talavera, todos ellos Jefes de Servicio (Urbanismo, Personal, Servicios Sociales, Medio Ambiente y Sanidad).

Con la objetividad irrefutable que dimanan las acreditaciones de mérito presentadas por los aspirantes se efectúa la baremación y resulta más puntuado ‘Mengano’, con 17,63 puntos. ‘Zutano’ obtiene 12,47 y Álvaro Corrochano 12,26.

Sin embargo, en la séptima y última hoja del expediente y curiosamente en su inicio se dice textualmente: “En relación con la valoración de los cursos se planteó a la Comisión si los Certificados de Actitud Pedagógica (CAP) debían ser considerados como un curso de perfeccionamiento y por lo tanto valorados o por el contrario ser un mero requisito para el ejercicio de la actividad docente y por tanto no tener consideración de curso de perfeccionamiento”.

Cláusula incluida a posteriori sin me haya constancia del responsable de la misma

La primera pregunta que subyace es: ¿quién lo plantea a la Comisión?, pregunta que fue trasladada a la concejal de Personal en el Pleno ordinario de 27 de mayo y que no contestó.

Lo segundo es: Si la plaza de la convocatoria es de profesor de Educación Física cómo no se ha previsto en la Mesa de Negociación valorar tener cualificación para la docencia.

La tercera: cómo no se incluyó este CAP en alguna de esas dos Mesas de Negociación como curso de perfeccionamiento, aunque presente dudas de que pueda serlo.

La cuarta: por qué en las bases se puntúa más la gestión que la docencia si se demanda un profesor.

La quinta: por qué si se modifican a posteriori las bases y habida cuenta de ya se sabía que nadie había podido sumar ni una sola décima por gestión pública no se incluye la gestión deportiva en la empresa privada, que es verdaderamente el desempeño que debe hacer un Jefe de Servicio de Deportes en un Ayuntamiento.

Y la sexta: cómo a ‘Mengana’ en las primeras valoraciones antes de aceptar el CAP se le deniega “por mayoría” puntos a su acreditación de maestra (entendemos diplomatura de Magisterio) en Educación Física “por tratarse de una titulación académica y no de un curso de perfeccionamiento profesional”. Es decir, que según estas bases un curso que puede hacerse en una academia privada para dar clases en centros educativos tiene valor y una enseñanza reglada ex profeso para ello no la tiene.

Tal decisión metida a capón por no se sabe quién -fuentes jurídicas tildan de inconstitucional la medida y confían en que el proceso pueda ser anulado- obligó a los cinco integrantes de la Comisión de Selección a votar la aceptación o no del CAP y el dictamen fue favorable por 3 a 2, lo que indica que no es que no hubiera quórum sino que tuvo que haber más que intercambio de pareceres.

CAP distintos

Al imponerse la mayoría, los aspirantes que ostentan ese CAP incrementan su puntuación pero curiosamente cuatro lo hacen en 6 puntos y otros tres en 3, siendo un certificado que se supone es idéntico en cuanto a horas y créditos aunque se haya cambiado el nombre o modernizado, algo que se hubiera agradecido que se hubiera explicado en esa sesión plenaria para poder entenderlo, pero que tampoco se hizo.

Llama poderosamente la atención que Álvaro Corrochano posea el CAP y sea uno de los cuatro aspirantes valorados con la máxima puntuación y alcance así los 18,26 puntos, mientras ‘Zutano’, el segundo aspirante mejor valorado (12,47) con las bases primigenias, lo tenga pero sólo obtenga 3 para totalizar 15,47 puntos. Y más elocuente que el que había quedado en primera posición, ‘Mengano’, carece de CAP aunque si dispone de experiencia en gestión deportiva en empresa privada, que no puntúa, y tiene que conformarse con su baremación inicial de 17,63 puntos.

Puntuación CAP, con los nombres del resto de aspirantes pixelados

Ni que decir tiene que esta valoración del CAP fue decisiva para la selección final. Pero tovavía hay otros aspectos que oscurecen aún más esta contratación.

Publicidad de la selección

El acta de esta Comisión de Selección “eleva la propuesta de contratación como profesor de Educación Física a Álvaro Corrochano al haber obtenido la puntuación más alta” y “se levantó la sesión a las 12:00 horas del día antes señalado”… El día señalado, como anteriormente hemos dicho, es el 27 de abril.

Inicio y final del documento que da fe de lo tratado y decretado en la Comisión de Selección

Quizá ese mismo día no, por premura de tiempo, pero sí el viernes 28, la publicación de la resolución de la elección de la plaza de profesor de Educación Física debería haber aparecido en la página web del Ayuntamiento (la antigua), sin embargo no lo hizo. El lunes 1 de mayo tampoco porque era festivo. Tampoco a primeras horas de la mañana de martes 2. El dictamen se publicó entre las 14 y las 14:30 horas de ese martes 2 de mayo y entonces y sólo entonces los aspirantes, que ya tenían la mosca detrás de la oreja incluso habían recibido filtraciones de lo que había pasado, pudieron comprobar ese cambio de puntuaciones contraviniendo las bases pactadas en la Mesa de Negociación, las que recibieron por SMS, por lo que algunos de ellos al sentirse agraviados registraron en el Ayuntamiento de Talavera sus ‘Expone’ solicitando revisión y aclaraciones al respecto. El silencio administrativo fue la respuesta de la Concejalía de Personal y del Gobierno Municipal. Algo, por otra parte y preocupantemente, habitual.

El posible nepotismo va a Pleno

Ante esta sui géneris selección y esas irregularidades en el proceso (legales o no, ya se determinará) los grupos municipales PSOE y Ganemos Talavera llevan al Pleno Ordinario de 27 de mayo este asunto y ahí se desvelan otras cuestiones de suma importancia.

En el primer turno de intervención la concejal de Personal elude cualquier responsabilidad en el cambio de las bases y echa una reprimenda a la portavoz de Ganemos Talavera por llevar esta contratación a Pleno cuando “ustedes no acudieron a la Mesa de Negociación” y “no se han interesado en mirar el expediente. El expediente lo ha pedido el SOE y el expediente también lo ha visto el grupo Ciudadanos, que también han estado interesados”, (!). Este matiz creo que no precisa ninguna apostilla.

Pero la cuestión más relevante se produce durante su segundo turno de palabra cuando Núñez reconoce que la Comisión de Selección –y cito textualmente- “se reunieron, porque de eso sí que me informé, por segunda vez porque tenían serias dudas”. Y la pregunta es ¿dónde está el acta de esa segunda reunión que por la fecha y hora de publicación de la selección todo indica que tuvo lugar la mañana del martes 2 de mayo? Entiendo que el Ayuntamiento de Talavera es un Ayuntamiento serio y con funcionarios perfectamente cualificados en sus responsabilidades, y de cualquier reunión de cualquier proceso queda constancia, ya que requiere un secretario que de fe de lo que allí sucede. Si el día 27 se elevó la contratación y existe un documento fehaciente y probatorio de la misma, por qué hay “serias dudas”. ¿Es que el acta del día 27 de abril se modificó a posteriori el día 28 de abril o el 2  de mayo? ¿Cuándo se firmó definitivamente? ¿Es que hubo una segunda reunión de carácter informal, por qué, para qué, a petición de quién…?

Un desatino

Todo este relato basado en documentación oficial y en testimonios de fuentes inmiscuidas en el proceso es un auténtico desatino desde el mismísimo principio ya que, además, cabe preguntarse, ¿por qué una Jefatura de Servicio, que lleva ocupada por personal laboral desde tiempos inmemoriales, no se convoca con una plaza de funcionario como recoge la Ley de Función Pública?, y, ¿por qué cuando se convoca media jornada se pide un profesor de Educación Física pero lo que más puntúa, como es lógico, es la gestión deportiva? ¿Y por qué luego se modifican las bases y se incluye puntuar un curso que ha resultado decisorio y alterado el resultado primigenio? ¿Y por qué la gestión deportiva en la empresa privada no tiene ningún mérito si en definitiva es la labor que hay que desempeñar? O ¿por qué las bases y la resolución de la convocatoria han ido apareciendo y desapareciendo o han sido colocadas en otro lugar de la página web municipal?

Quizá haya justificaciones de todo tipo para poder explicar todo este maremágnum sinsentido y que la ley pueda amparar incluso este proceso pero ante una contratación pública a la que concurren personas, personas cualificadas e ilusionadas y que por un momento han podido ver solucionada su vida laboralmente hablando lo mínimo es ofrecerles explicaciones y respeto.

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