jueves, 18 abril 2024
- Publicidad -

El Ayuntamiento de Palomeque, condenado a readmitir a una trabajadora

Fernando Ledesma y María Dolores de Cospedal.

El juzgado de lo Social número 2 de Toledo ha dado la razón a CCOO y ha condenado al Ayuntamiento de Palomeque a readmitir a una trabajadora del Plan de Empleo de 2016 que fue despedida mientras se encontraba en situación de baja médica a consecuencia de un accidente laboral. La sentencia declara nulo el despido por vulneración de los derechos fundamentales de la trabajadora y condena además al Ayuntamiento a indemnizarla con 3.000 euros por os daños morales causadas por la difamación pública de la que fue objeto por parte del alcalde.

La sentencia, contra la que cabe recurso de suplicación ante el TSJ CLM, y que ha sido dado a conocer hoy por el secretario de Empleo de CCOO-Toledo, Federico Pérez, relata que la trabajadora, contratada por el ayuntamiento de Palomeque en el plan extraordinario de empleo del pasado año como peón de obra pública, sufrió un accidente laboral mientras realizaba labores de limpieza en las cunetas de la carretera, lo que provocó su baja médica.

El ayuntamiento de Palomeque despidió a la trabajadora cuando se encontraba en situación de baja por el citado accidente, reconociendo que el despido era improcedente, justificándolo por una supuesta reorganización de la plantilla y ofreciendo a la mujer una indemnización de 245,60 euros correspondientes a 33 días por año trabajado.

Por el contrario, la magistrada de lo Social señala que el despido de la trabajadora durante la baja causada por accidente laboral supone la vulneración de sus derechos fundamentales porque “lesiona el principio de Igualdad y la prohibición de discriminación, el derecho a la integridad física y a la salud, el derecho al acceso a las prestaciones de seguridad social (sanitarias y económicas) y el propio derecho al trabajo”.

En consecuencia, declara el despido nulo y obliga al ayuntamiento a la readmisión de la trabajadora hasta la finalización de su contrato.

Indemnización de 3.000 euros

Pero, además, la sentencia también condena al ayuntamiento a abonar a la trabajadora una indemnización de 3.000 euros por haber causado un “evidente daño a su integridad moral” al emitir una nota pública, firmada por el alcalde de Palomeque, Fernando Ledesma, difamando a la mujer ante todos sus vecinos.

En esa nota, el alcalde, cuestionaba el origen laboral de la baja médica de la mujer e incluso ponía en duda la existencia de lesión alguna; todo ello sin prueba ninguna, como subraya la sentencia, y a pesar de haber reconocido previamente la improcedencia del despido.

 

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

- Publicidad -spot_img
- Publicidad -spot_img
- Publicidad -spot_img
- Publicidad -spot_img
Esta web utiliza cookies propias para su correcto funcionamiento. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Ver
Privacidad