jueves, 25 abril 2024
- Publicidad -

El embajador de la cerámica de Talavera, al margen del Reglamento de Honores

 

El reciente nombramiento de Tomás Alía como embajador de la cerámica de Talavera se ha realizado sin atender al Reglamento de Honores y Distinciones que rige en el Ayuntamiento de Talavera. Un decreto del alcalde ha permitido crear esta nueva figura representativa de la ciudad y otorgarla legitimidad.

Lo curioso es que este Reglamento de Honores y Distinciones –que todavía no aparece en el página web municipal- no tiene ni un año de vigencia, puesto que se aprobó inicialmente en Pleno el 31 de marzo de 2016, aunque no fue hasta el 27 de julio cuando se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) para su entrada en vigor.

Un reglamento en el que se estuvo trabajando varios meses para poder sustituir al anterior y catalogado de obsoleto, puesto que databa de 1974.

No hay figura de embajador

Consultando el nuevo Reglamento de Honores y Distinciones -a través de su publicación en el BOP, claro-, se observa cómo sólo existen ocho categorías por las cuales una persona puede recibir un honor o distinción, no remunerados, por parte del Ayuntamiento y entre ellas no está la figura del embajador.

Esos honores y distinciones que el Excelentísmo Ayuntamiento de Talavera de la Reina puede conferir a las personas, instituciones y/o entidades, talaveranas o no, incluso extranjeras, para premiar especiales merecimientos, méritos relevantes y/o servicios extraordinarios prestados a la ciudad serán los siguientes:

– Título de Hijo/a Predilecto/a de Talavera de la Reina.

– Título de Hijo/a Adoptivo/a de Talavera de la Reina.

– Título de Alcalde/Alcaldesa Honorario/a.

– Título de Concejal/a Honorario/a.

– Medalla de Oro de la Ciudad de Talavera de la Reina.

– Llave de Oro de la Ciudad.

– Título de Talaverano Ilustre.

– Insignia Municipal.

El reglamento también contempla la nominación de espacios públicos y los hermanamientos con otras ciudades. Todos ellos llevan aparejado un expediente de apertura, con su correspondiente tramitación e ineludiblemente la acreditación de méritos.

Así pues, el reglamento recientemente aprobado deberá ser modificado -como ya anució Ramos durante el acto de nombramiento de Alía- para que contemple la figura del embajador, de cerámica o de cualquier seña de identidad que se quiera proteger y promocionar, para que así no se produzcan designaciones improvisadas a golpe de decreto y tengan una legitimidad incuestionable con refrendo de normativas municipales aprobadas en tiempo y forma, sobre todo en forma.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

- Publicidad -spot_img
- Publicidad -spot_img
- Publicidad -spot_img
- Publicidad -spot_img
Esta web utiliza cookies propias para su correcto funcionamiento. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Ver
Privacidad