jueves, 21 marzo 2024
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Las Plataformas del Tajo de Talavera y Toledo ya han recurrido el Plan de Cuenca

 

tajoCuando se anuncia como inminente la sentencia sobre el recurso interpuesto en 2014 contra el anterior Plan de Cuenca, la Plataforma en defensa del Tajo y el Alberche de Talavera, junto a la Plataforma en defensa del Tajo de Toledo, los municipios ribereños de los embalses de Entrepeñas y Buendía, varios colectivos ambientalistas de la cuenca y dos pequeñas localidades de Guadalajara, Mantiel y Villalba del Rey, ya han impugnado de forma unitaria ante el Tribunal Supremo la nueva ordenación hidrográfica aprobada por el Consejo de Ministros el pasado mes de enero.

El plazo legal para la presentación de los recursos expira el 18 de marzo, fecha en la que también habrán de estar tramitadas las impugnaciones ya anunciadas por la Junta de Comunidades y los Ayuntamientos de Talavera, Toledo y Aranjuez.

En este caso, son las Plataformas de Talavera y Toledo las entidades que van a asumir buena parte de los cerca de 18.000 euros en los que se presupuesta un proceso judicial en el que tendrán ante sí a la Abogacía del Estado y el Sindicato de Regantes del Trasvase Tajo-Segura, sin duda, dos poderosos enemigos.

En este caso, cada una de las plataformas aportará 6.000 euros, 3.000 la mancomunidad del entorno de Entrepeñas y Buendía y 2.000 asumen Mantiel y Villalba del Rey.

Argumentos del recurso

tajo en 2006

El recurso interpuesto por dos de los letrados ambientalistas de mayor prestigio del país, María Soledad Gallego y Abel La Calle, impugna el Plan de Cuenca del Tajo en su conjunto.

Los principales argumentos que está previsto incorporar al mismo aluden al incumplimiento de la Ley de Aguas, la inexistencia de caudales ecológicos, que no legales, y la demora hasta el año 2027 del los parámetros de calidad de los cauces que, según la normativa europea, deberían haber sido de aplicación en 2015.

Todo ello, se suma al hecho de que el Gobierno de la Nación haya separado la planificación de la cabecera del Tajo del resto de la cuenca y, en definitiva, al desajuste entre las exigencias comunitarias en materia ambiental e hidráulica y la gestión que establece el nuevo Plan de Cuenca.

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