viernes, 19 abril 2024
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La Diputación de Toledo subvenciona las actividades de los jubilados

Diputación de Toledo.

La Junta de Gobierno de la Diputación de Toledo ha aprobado una convocatoria de subvenciones para la realización de actividades por parte de las asociaciones de jubilados y pensionistas de la provincia toledana, con una dotación para este año de 125.000 euros.

El Ejecutivo provincial busca con esta medida la integración en la comunidad de los mayores de edad, facilitándoles la puesta en marcha de diferentes actividades destinadas a la mejora de sucalidad de vida a través del aprendizaje, el esparcimiento, las relaciones sociales, el contacto con la naturaleza y otros modos tendentes a contribuir a su bienestar.

La convocatoria aprobada en Junta de Gobierno apuesta, asimismo, por la igualdad, la equidad y la absoluta transparencia, tanto en el proceso de presentación de proyectos como en la resolución y concesión de las ayudas, siendo uno de los principales objetivos que se tendrán en cuenta para la concesión de las subvenciones que se trate de actividades integradas en un proyecto coherente y con objetivos bien definidos.

Tres mil euros como máximo

Cada asociación que opte a estas subvenciones, con un límite máximo de 3.000 euros, tendrá que remitir a la Diputación los detalles del proyecto para el cual solicita la ayuda requerida, señalando los objetivos propuestos, las actividades a desarrollar, los destinatarios de las mismas y la localización geográfica.

Además, se tendrá en cuenta el ámbito territorial y número de personas a las que llegarán las acciones propuestas, así como el porcentaje de financiación propia y las ayudas recibidas para esa misma finalidad.

Las solicitudes se formalizarán en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo, si bien podrán atenderse solicitudes presentadas fuera de plazo hasta que se agote el crédito presupuestario asignado.

Los gastos que podrán ser subvencionados a través de estas ayudas serán los que respondan a la naturaleza de la actividad, quedando exentos de la misma los gastos de regalos, atenciones protocolarias, viajes, alojamientos, dietas, gratificaciones y otros que no estén directamente relacionados con la actividad social o de ocio objeto de la convocatoria.

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