miércoles, 7 febrero 2024
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La Unión Europea reclama a Castilla-La Mancha 296.847 euros

La Unión Europea reclama a la región casi 300.000 euros.

El Boletín Oficial del Estado publica hoy  la Resolución del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 11 de enero de 2019, por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Este procedimiento ha dado lugar a la liquidación de la deuda contraída por el Organismo pagador de la Comunidad Autónoma de Castilla- La Mancha, como competente en la gestión y control de las ayudas, que asciende a 288.789,42 euros con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y de 8.057,69  con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Rural (FEADER).

Cantidades adicionales

No obstante,  a la deuda pendiente con cargo al FEAGA deberán añadirse 23,74 euros por cada día transcurrido desde el 5 de septiembre de 2018, fecha en la que se ha hecho efectiva la cancelación de la deuda con la Comisión para el fondo FEAGA, hasta el día en que la Comunidad Autónoma de Castilla- La Mancha proceda al pago voluntario, o hasta el vencimiento de dos meses desde la notificación del acuerdo del Consejo de Ministros.

Igualmente, a la deuda pendiente con cargo al FEADER, deberán añadirse 0,66 euros por cada día transcurrido desde el 16 de agosto de 2018, fecha en la que se ha hecho efectiva la cancelación de la deuda con la Comisión para el fondo FEADER, hasta el día en que la Comunidad Autónoma de Castilla- La Mancha proceda al pago voluntario, o hasta el vencimiento de los 2 meses desde la notificación del acuerdo de Consejo de Ministros.

Pago de intereses

En la Resolución de liquidación también se advierte que si en los dos meses siguientes a la notificación del presente acuerdo de Consejo de Ministros no se hubiera ingresado la deuda contraída y los intereses compensatorios correspondientes, se añadirán los intereses de demora que ascienden al 3,75 por ciento, para el ejercicio presupuestario en vigor, sobre el importe total de la deuda del que forman parte los mencionados intereses compensatorios, por cada día que transcurra desde los dos meses posteriores a la fecha de la notificación del presente acuerdo hasta el día de la cancelación de la deuda.

Asimismo, se indica que de no producirse dicho pago en el periodo de dos meses siguientes a la notificación, se procederá en primer lugar a su compensación, deducción o retención con cargo a los libramientos que se realicen en el futuro a favor de dicha Comunidad Autónoma por cuenta de estos mismos fondos comunitarios.

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