Una posible nulidad del Plan de Ordenación Municipal (POM) de Toledo “no va a suponer, en ningún caso, una devolución masiva de los impuestos de bienes inmuebles (IBIs)” ni un “cataclismo económico-financiero”.
Es lo que ha expuesto Joaquín Sánchez Garrido, abogado experto en asustos urbanísticos, en la jornada organizada hoy por la Federación Empresarial Toledana (Fedeto), para informar a los empresarios de la provincia de los efectos de la posible nulidad del POM de Toledo.
Sánchez Garrido ha argumentado que “todos los IBIs son liquidaciones tributarias, actos administrativos y, si son firmes y consentidos, la nulidad sobrevenida de un planeamiento no los afecta en ningún caso”.
De este modo ha desmontado el abogado “la rumorología falsa de que, si hay una nulidad del POM, va a suponer una devolución masiva de los IBIs de los últimos cuatro años”.
Dicho esto, ha remarcado que el IBI depende de una ponencia de valores que no redacta el Ayuntamiento de Toledo, sino la Gerencia de Catastro del Ministerio de Hacienda, por lo que la actuación del consistorio se limita a recaudar y aplicar un tipo impositivo sobre unos valores que le vienen dados.
Y, en este punto, ha recalcado que una nulidad de un POM “no provoca un cataclismo económico-financiero en una administración local en ningún caso”.