miércoles, 17 abril 2024
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El alcalde de Lominchar suspende el pleno para evitar su grabación

Ayuntamiento de Lominchar.

El Grupo Municipal del PSOE en el Ayuntamiento de Lominchar ha denunciado, una vez más, “la falta de transparencia y talente democrático del alcalde del PP en la localidad, Pablo Fontelos, y su equipo de Gobierno con la que están ejerciendo sus funciones como responsables públicos tanto en la presente legislatura como en la anterior”.

Fontelos decididó suspender Una el último pleno municipal, apenas cuatro minutos después de haberse iniciado, para evitar la grabación de la sesión plenaria que se estaba haciendo de forma absolutamente legal ya que está permitido grabar los plenos públicos como los que se celebran en el Ayuntamiento de Lominchar.

“De forma unilateral y déspota”, critica el portavoz del PSOE municipal, Javier Payo, “el alcalde decidió suspender el pleno en el momento en el que nuestro grupo municipal estaba formulando las preguntas que llevábamos a la sesión, impidiendo no solo el derecho que tenemos a grabar los plenos sino imposibilitando a la oposición ejercer su función de control al Gobierno municipal y, con ello, responder a cuestiones que comprometen su gestión e intereses personales”.

“Falta de respeto”

Fontelos, explica el portavoz del PSOE, “exigió que se dejara de grabar la sesión y al resaltarle que se podíamos hacerlo se levantó y suspendió el pleno cuando todavía no habíamos formulado nuestras preguntas y antes de que tuviera que contestar a las mismas”.

Javier Payo asegura que “evitando contestar a nuestras preguntas e impidiendo la grabación de los plenos Pablo Fontenlos lo que está haciendo es faltar al respeto a todos los vecinos y vecinas de Lominchar que tiene derecho a que su alcalde responda de su gestión con transparencia”.

Recuerda el portavoz socialista que su grupo municipal ya reiteró hace meses al Gobierno municipal del Partido Popular que “ni el Ayuntamiento ni sus órganos de gobierno pueden prohibir las grabaciones de los plenos, tal y como recoge la sentencia del Tribunal Supremo de la Sala de lo Contencioso 3611/2005”.

Payo reitera que “los miembros de la corporación no necesitan un permiso ni autorización para el ejercicio de tal derecho y no vamos a consentir que el alcalde nos lo impida recurriendo a triquiñuelas como la suspensión de los plenos”.

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