martes, 19 marzo 2024
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El Ayuntamiento de Talavera respira con la sentencia del IBI

Castillo, junto al abogado de Apovata, Javier González de Rivera, en presencia del presidente de la asociación, Víctor Jiménez

La sentencia dictada el pasado 18 de julio por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, sección sexta, de la Audiencia Nacional da un respiro al Ayuntamiento de Talavera puesto que no anula la Ponencia de Valores catastrales realizada en 2013 por el Catastro Regional, con sede en Toledo y dependiente del Ministerio de Hacienda.

Aunque en el texto se reconoce que los suelos catalogados de urbanizables no pagarán el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) como urbanos hasta que no haya una actuación urbanística dotacional de servicios, y por lo tanto lo cobrado como urbano debería haberse cobrado como rústico, las devoluciones que deberá efectuar el Ayuntamiento de Talavera serán “mínimas”, como ha asegurado hoy el concejal de Hacienda Arturo Castillo.

El edil se ha mostrado precavido puesto que la sentencia “no ha llegado” al Ayuntamiento y “habrá que estudiarla con detalle”, pero por las informaciones que dispone a través de la Asociación de Afectados por la Ponencia de Valores (Apovata), que demandó al consistorio talaverano por cobrar indebidamente el impuesto, el auto supone “un varapalo para la asociación”.

Víctor Jiménez, presidente de Apovata, ha sido el interlocutor con la prensa durante un proceso que aún no ha finalizado

Castillo ha explicado y recordado que tras una sentencia del año 2015 de un tribunal de Badajoz el Gobierno central se vio obligado a considerar que si no había actuación urbanística no se podía cobrar como suelo urbano. Ese cambio de normativa fue tenida en cuenta por el Ayuntamiento de Talavera, por lo que lleva aproximadamente dos años cobrando el IBI de forma correcta.

Asimismo, Castillo recuerda que la nueva Ponencia de Valores data de 2013 y que su Concejalía bonificó desde esa fecha y hasta el cambio de normativa en un 90 por ciento el recibo del impuesto para esos terrenos de dudosa catalogación, de ahí que se reafirme en que “si se tuviera que devolver algo en función de la sentencia de la Audiencia Nacional, sería mínimo”.

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