jueves, 18 abril 2024
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Recibirá prestación la trabajadora de una gasolinera de Los Yébenes que amamanta a su hijo

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La sentencia expone el riesgo existente.

El juzgado de lo Social número 1 de Toledo ha acordado la suspensión del contrato laboral de una mujer que trabaja en una gasolinera de Los Yébenes y está amamantando a su hijo, por el riesgo existente para la lactancia natural, así como su derecho a percibir la prestación por parte de una mutua de trabajo.

En un auto que ha dado a conocer CCOO, el juzgado ha estimado la petición de la mujer de que se le suspenda el contrato laboral como medida cautelar, así como declarar la situación de riesgo.

La titular del juzgado acuerda cautelarmente la suspensión del contrato de trabajo de la mujer con la empresa Losanhor S.L. por riesgo para la lactancia natural, hasta que se dicte sentencia en este procedimiento o, en todo caso, hasta que el menor cumpla los nueve meses de edad.

Asimismo, ha acordado dejar sin efecto la resolución de la mutua Solimat del 12 de mayo de 2017, que le había denegado la prestación por riesgo, que deberá de abonársela cautelarmente.

En una nota de prensa, CCOO ha recordado que la Ley General de la Seguridad Social reconoce, en su capítulo IX en los artículos 188 y 189, el riesgo durante la lactancia natural y el reconocimiento a la prestación económica correspondiente.

También el Estatuto de los Trabajadores contempla como supuesto de suspensión del contrato de trabajo el de riesgo durante la lactancia natural del menor de nueve meses, ha apuntado el sindicato.

En este sentido, la secretaria de Política Institucional y Salud Laboral de CCOO de Castilla-La Mancha, Raquel Payo, ha explicado que la legislación prevé la suspensión del contrato de trabajo por riesgo durante la lactancia natural, si la evaluación de riesgos pone en evidencia la existencia de riesgos para la lactancia y no es posible eliminarlos a través de la adaptación de la condiciones de trabajo, ni a través del cambio de puesto.

Igualmente, la legislación determina el derecho a una percepción de una prestación económica, que consiste en un subsidio equivalente al 100 por 100 de la base reguladora correspondiente, ha apuntado Payo.

Comisiones Obreras ha mostrado su satisfacción por este auto judicial, ya que en los casos de riesgo en el embarazo se reconoce con mayor facilidad esta prestación, no siendo así en los casos de lactancia, según el sindicato.

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